Velocidad y distancia de seguridad
Los límites por tipo de vía y de vehículo, la velocidad adecuada frente a la máxima y por qué la distancia de frenado crece con el cuadrado de la velocidad.
La velocidad no es un tema de cifras, aunque las cifras haya que sabérselas. Es un tema de física: la energía que hay que disipar para detenerse crece con el cuadrado de la velocidad, y de ahí sale todo lo demás. Entendido eso, los límites dejan de parecer arbitrarios.
Los límites, vía por vía
Para turismos y motocicletas sin remolque:
| Vía | Máxima | Mínima |
|---|---|---|
| Autopista y autovía | 120 km/h | 60 km/h |
| Carretera convencional | 90 km/h | 45 km/h |
| Vía urbana con dos o más carriles por sentido | 50 km/h | — |
| Vía urbana con un solo carril por sentido | 30 km/h | — |
| Vía urbana de plataforma única (acera y calzada al mismo nivel) | 20 km/h | — |
| Zona residencial señalizada | 20 km/h | — |


Fuera de poblado, la mínima general es la mitad de la máxima genérica de la vía. Circular injustificadamente por debajo de ella entorpeciendo la marcha de otros también es infracción.
Cuando el vehículo cambia el límite
La señal marca el máximo de la vía, pero cada vehículo tiene el suyo y manda el más bajo de los dos.
| Vehículo | Autopista y autovía | Convencional |
|---|---|---|
| Turismos y motocicletas | 120 | 90 |
| Autobuses y furgones | 100 | 80 |
| Camiones y vehículos articulados | 90 | 80 |
| Turismo con remolque de hasta 750 kg | 90 | 80 |
| Ciclomotores | No pueden circular | 45 |
Máxima no es lo mismo que adecuada
La norma obliga a circular a una velocidad adecuada a las circunstancias: el estado del firme, la visibilidad, el tráfico, la carga y el propio estado del conductor. La velocidad máxima es solo un techo que nunca se puede rebasar, no un objetivo.
Se puede sancionar por velocidad inadecuada circulando por debajo del límite. Con niebla densa, ir a 90 en una convencional es infracción aunque la señal diga 90.
Además hay que moderar la velocidad —y detenerse si hace falta— en una lista de situaciones concretas: presencia de peatones, ciclistas, niños o animales; pavimento deslizante; visibilidad reducida; tramos con obras; al aproximarse a un autobús en parada; al cruzarse con un vehículo que circula en sentido contrario por una vía estrecha; y en cualquier caso en el que el vehículo pueda deslumbrar o salpicar.



La distancia de detención
Detener el vehículo cuesta dos tramos que hay que sumar:
- Distancia de reacción: lo que se recorre desde que ves el peligro hasta que el pie pisa el freno. Depende del tiempo de reacción, que ronda el segundo en un conductor descansado y atento.
- Distancia de frenado: lo que se recorre desde que el freno actúa hasta que el vehículo se para. Depende del cuadrado de la velocidad, del firme, de los neumáticos y del estado de los frenos.
| Velocidad | Recorrido en 1 s de reacción | Detención total aproximada en seco |
|---|---|---|
| 30 km/h | 8 m | ~14 m |
| 50 km/h | 14 m | ~28 m |
| 90 km/h | 25 m | ~70 m |
| 120 km/h | 33 m | ~110 m |
La cuenta rápida para los metros por segundo es dividir la velocidad entre 3,6. A 90 km/h son 25 metros por segundo: dos segundos mirando el móvil son cincuenta metros conducidos a ciegas.
Cuánto hueco dejar delante
La norma exige una separación que permita detenerse sin colisionar si el de delante frena bruscamente. No da una cifra en metros porque depende de la velocidad, así que la referencia práctica es el tiempo.
La regla de los dos segundos: elige un punto fijo de la carretera —un poste, una señal, un puente—; cuando el vehículo de delante lo pase, cuenta dos segundos. Si llegas antes de terminar, vas demasiado cerca. Funciona a cualquier velocidad porque el espacio se ajusta solo.
Con lluvia, niebla, firme sucio o de noche, esa separación se dobla. Con remolque o con el vehículo muy cargado, también.
Hay dos casos con regla propia:
- Fuera de poblado, quien conduce un vehículo de más de 3.500 kg de MMA o de más de 10 metros de longitud debe dejar al menos 50 metros, salvo que vaya a adelantar o circule por una vía de varios carriles en el mismo sentido.
- Quien va detrás de otro sin intención de adelantarlo debe dejar además espacio suficiente para que un tercero pueda intercalarse con seguridad al adelantar.
Radares, tramos y márgenes
Los radares fijos y de tramo aplican un margen de error técnico, mayor cuanto más alta es la velocidad, pero ese margen es una tolerancia de medición, no un permiso para rebasar el límite.
El radar de tramo no mide la velocidad en un punto sino la media entre dos: frenar delante del segundo pórtico no sirve de nada si se ha ido rápido en el resto del tramo.
Superar el límite en más de 60 km/h en vía urbana o en más de 80 km/h en interurbana deja de ser infracción administrativa y pasa a ser delito contra la seguridad vial.
Las cifras de este tema
Si vas con el tiempo justo, esto es lo que hay que llevarse memorizado. Están todas juntas en la chuleta general.
| Concepto | Valor | Detalle |
|---|---|---|
| Autopista y autovía | 120 km/h | Turismos y motocicletas |
| Carretera convencional | 90 km/h | Ya no hay margen para adelantar |
| Urbana, 2 o más carriles por sentido | 50 km/h | — |
| Urbana, un solo carril por sentido | 30 km/h | El caso más común en ciudad |
| Urbana de plataforma única | 20 km/h | Acera y calzada al mismo nivel |
| Zona residencial | 20 km/h | Prioridad peatonal |
| Camión en autovía | 90 km/h | Manda el límite del vehículo, no el de la señal |
| Autobús en autovía | 100 km/h | — |
| Autopista y autovía | 60 km/h | La mitad de la genérica |
| Carretera convencional | 45 km/h | — |
| Distancia de seguridad | 2 segundos | Se dobla con lluvia, niebla o de noche |
| Vehículos de más de 3.500 kg, fuera de poblado | 50 m | Salvo para adelantar |
| Recorrido en 1 s a 90 km/h | 25 m | Dividir la velocidad entre 3,6 |
| Recorrido en 1 s a 120 km/h | 33 m | Dos segundos de móvil: 66 metros ciegos |
Base normativa
Lo que se explica en este tema sale de estas normas. Los enlaces llevan al texto consolidado del BOE, para que puedas comprobarlo tú mismo.
- Reglamento General de Circulación RD 1428/2003 · art. 50: límites en vías urbanas y travesías
- Reglamento General de Circulación RD 1428/2003 · límites en vías fuera de poblado y distancias de seguridad
- Código Penal, delitos contra la seguridad vial arts. 379 a 385 · delito por exceso de velocidad
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Revisado el 23 de agosto de 2026. Texto de elaboración propia: no reproduce el manual oficial de la DGT. Ante cualquier discrepancia prevalece la normativa vigente. ¿Ves algo mal? Dínoslo.