Qué necesitas recordar
Conducción diaria ordinaria: 9 horas, ampliable a 10 dos veces por semana. Máximo semanal: 56 horas; en dos semanas consecutivas: 90. Tras 4 horas y media de conducción, pausa de 45 minutos o fraccionamiento general de 15 + 30. Descanso diario normal: 11 horas, o 3 + 9 fraccionado. Reducido: al menos 9 horas, hasta tres veces entre descansos semanales. Semanal normal: 45 horas; reducido: al menos 24 con compensación y condiciones. El discrecional de viajeros tiene excepciones específicas: no traslades automáticamente esas reglas al camión.
Fuentes oficiales: Reglamento General de Conductores, RD 818/2009 · Reglamento General de Circulación, RD 1428/2003 · Reglamento General de Vehículos, RD 2822/1998 · Reglamento (CE) 561/2006, texto y modificaciones en su análisis · Reglamento (UE) 165/2014, texto y modificaciones en su análisis · RD 563/2017, inspecciones técnicas en carretera, anexo III · RD 284/2021, cualificación inicial y formación continua · Reglamento (UE) 2020/1054, modificaciones de descansos y tacógrafo · ADR 2025, instrucciones escritas y obligaciones de seguridad · DGT, Manual VIII de mecánica, edición 2024, tema 10. Consulta: 22 de octubre de 2026.