
- Sí, porque queda fuera del carril principal.
- No; debe continuar hasta un lugar permitido.
- Sí, si permanece dentro del vehículo.
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Respuesta correcta: B. No; debe continuar hasta un lugar permitido.
Por qué: Los apartaderos no habilitan paradas voluntarias en túneles. La parada y el estacionamiento en esos lugares están prohibidos fuera de los supuestos previstos. Arts. 94 y 95. (RGC, arts. 18, 21, 23, 25, 45, 54, 67, 68, 69, 87, 94 y 95).