
- A la izquierda si el acompañante abre la puerta.
- A la derecha.
- En cualquiera, si se encienden los intermitentes.
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Respuesta correcta: B. A la derecha.
Por qué: El artículo 10.1 exige ubicarla con acceso seguro y a la derecha en el sentido de marcha; además se protegen los cruces necesarios. (RD 443/2001, arts. 4, 6, 8, 10, 12 y 13).