
- La capacidad máxima del compartimento de equipajes.
- La atención permanente a la conducción.
- La inspección periódica del tacógrafo.
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Respuesta correcta: B. La atención permanente a la conducción.
Por qué: Las tareas del servicio no justifican distraerse en marcha; debe preservarse el control y la atención. Arts. 11 y 18. (RGC, arts. 11, 18, 65, 72 y 73; RGCond, anexo V.B.3).