
- No, requiere servicios de emergencia.
- Sí, el seguro basta.
- Sí, si ya tiene número de expediente.
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Respuesta correcta: A. No, requiere servicios de emergencia.
Por qué: Los implicados y quienes presencian un accidente deben auxiliar o solicitar auxilio y colaborar, sin crear nuevos riesgos; cuando ya está organizada la asistencia no deben entorpecerla. (RGC, art. 129).