
- Sí; se exige al menos 0,15 kW/kg.
- No; se exige al menos 0,25 kW/kg.
- Sí; basta superar los 175 kg.
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Respuesta correcta: B. No; se exige al menos 0,25 kW/kg.
Por qué: La orden exige para las motos eléctricas una relación mínima de 0,25 kW/kg, además de la masa en vacío superior a 175 kg. (Orden INT/210/2025, arts. 2, 4, 5 y 7).