
- Sí, si circula a velocidad de peatón.
- No; la excepción no autoriza invadir la acera.
- Sí, si comprueba que no pasan personas.
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Respuesta correcta: B. No; la excepción no autoriza invadir la acera.
Por qué: El adelantamiento por la derecha exige espacio suficiente y seguridad; no permite circular por una zona destinada a peatones. Arts. 82 y 121. (RGC, arts. 57, 74, 76, 78, 82, 84, 85, 86, 109 y 121).