
- A las 19:00.
- A las 21:00.
- A las 06:00 del día siguiente.
Ver respuesta
Respuesta correcta: A. A las 19:00.
Por qué: El nuevo descanso debe estar completado al terminar el periodo de 24 horas. Restar 11 horas al plazo de las 06:00 sitúa su inicio máximo a las 19:00. (Reglamento (CE) 561/2006, arts. 4, 6, 7 y 8, modificado por Reglamentos (UE) 2020/1054 y 2024/1258).