
- Sí, pero permanece el límite diario acumulado.
- Sí, y también vuelve a cero el límite diario.
- No, debe hacer once horas de descanso.
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Respuesta correcta: A. Sí, pero permanece el límite diario acumulado.
Por qué: La pausa reglamentaria reinicia el cómputo de conducción ininterrumpida, pero no elimina las horas ya conducidas en el periodo diario. (Reglamento (CE) 561/2006, arts. 4, 6, 7 y 8; modificaciones (UE) 2020/1054 y 2024/1258).