- No, debe continuar por ruta permitida.
- Sí, con intermitente.
- Sí, si está vacío.
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Respuesta correcta: A. No, debe continuar por ruta permitida.
Por qué: El cebreado delimita una zona excluida para la circulación general; no es un espacio de espera o adelantamiento para turismos. (RGC anexo I).