Pregunta de examen · Permiso B

¿Puede un menor de edad conducir un vehículo de movilidad personal?

Tema: Normas de circulaciónSubtema: Peatones, ciclistas y patinetes
Patinete eléctrico circulando por la calzada de una calle urbana
  1. Sí, a partir de los 15 años
  2. No, hacen falta 18 años en todos los casos
  3. Sí, a cualquier edad si va acompañado de un adulto
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Respuesta correcta: A. Sí, a partir de los 15 años

Por qué: Desde el 1 de octubre de 2026, el Reglamento General de Circulación fija en 15 años la edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal en todo el país. No hace falta permiso, pero sí casco y cumplir las normas de circulación.

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