
- Sí, el origen debe ser menor que el doble.
- No, el origen es exactamente el doble.
- Sí, solo son válidas motos de origen de 35 kW.
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Respuesta correcta: B. No, el origen es exactamente el doble.
Por qué: La norma prohíbe derivar de una moto de más del doble de su potencia; la igualdad no rebasa ese límite, sin perjuicio de documentar la reforma. (RD 818/2009, arts. 4, 5, 12 y anexo I; Orden INT/210/2025; RGC, art. 118).