
- No; ese mínimo se refiere a vehículos de motor.
- Sí; debe aumentar la potencia para alcanzarlo.
- Sí; debe usar la acera hasta terminar la subida.
Ver respuesta
Respuesta correcta: A. No; ese mínimo se refiere a vehículos de motor.
Por qué: El artículo 49 distingue a los vehículos de motor en el mínimo del resto de vías. Un ciclomotor no es vehículo de motor a estos efectos, aunque debe evitar entorpecer indebidamente. (RGC, arts. 14, 36, 49 y 76; RGCond, anexo V.B.2).