
- Abandonarla por la primera salida que pueda utilizar.
- Seguir hasta el destino si enciende las luces de emergencia.
- Detenerse en el carril derecho hasta recuperar velocidad.
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Respuesta correcta: A. Abandonarla por la primera salida que pueda utilizar.
Por qué: El artículo 49 permite la reducción por avería y exige abandonar autopista o autovía por la primera salida cuando la emergencia obliga a velocidad anormalmente reducida. (RGC, arts. 31 a 42, 49, 50, 54, 60 a 63, 72, 80, 86 y 94).