
- No, hay que verificar producto, cantidad y régimen aplicable.
- Sí, cualquier envío pequeño queda totalmente excluido.
- Sí, si los bultos caben en una sola fila de la caja.
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Respuesta correcta: A. No, hay que verificar producto, cantidad y régimen aplicable.
Por qué: Las exenciones dependen de condiciones concretas y no solo de la apariencia o número de bultos. (ADR 2025, partes 1, 5 y 8, especialmente instrucciones escritas 5.4.3; RGCond, anexo V.B.3).