
- El de conducción acumulada desde la pausa anterior.
- El total de conducción de las dos semanas.
- El número de ampliaciones diarias de esa semana.
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Respuesta correcta: A. El de conducción acumulada desde la pausa anterior.
Por qué: La pausa permite iniciar un nuevo bloque, pero no borra la conducción diaria, semanal ni bisemanal. (Reglamento 561/2006, arts. 4, 6, 7 y 8; Reglamento 2020/1054).