
- Sí, el exceso es 90 km/h.
- No, la referencia es 120.
- No, la referencia es 90.
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Respuesta correcta: A. Sí, el exceso es 90 km/h.
Por qué: El delito objetivo exige superar el límite en más de 60 km/h en vía urbana o más de 80 en interurbana. Se compara con el límite aplicable y con la velocidad acreditada, descontados los márgenes procedentes. (CP, art. 379.1).