
- Sí, si usa luces de emergencia.
- Sí, si no supera 20 km/h.
- No.
Ver respuesta
Respuesta correcta: C. No.
Por qué: El alcohol puede constituir delito por influencia acreditada en la conducción o, en todo caso, por una tasa superior a 0,60 mg/l en aire o 1,2 g/l en sangre. No exige causar un siniestro. (CP, art. 379.2).