
- No, cuenta la capacidad autorizada.
- Sí, cuenta la ocupación real.
- Sí, si retira temporalmente asientos.
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Respuesta correcta: A. No, cuenta la capacidad autorizada.
Por qué: El conductor debe disponer de autorización vigente de la clase correspondiente y respetar sus restricciones, incluidas las de corrección óptica y transmisión. (RGCond, art. 3).