
- Sí, al cumplir setenta y cinco.
- Sí, al cumplir setenta.
- No, se valora la aptitud exigida.
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Respuesta correcta: C. No, se valora la aptitud exigida.
Por qué: Las autorizaciones caducadas no permiten conducir. La aptitud psicofísica y las restricciones condicionan la renovación y su periodo de vigencia. (RGCond, art. 12).